Regularización cuotas de autónomos 2024
REGULARIZACIÓN CUOTAS DE AUTÓNOMOS
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha procedido al cálculo de las bases definitivas, correspondientes al año 2023, de las personas trabajadoras autónomas que estuvieron de alta durante al menos un día en dicho año, y que, hasta este momento, eran bases provisionales.
Durante los días 4 y 5 de diciembre 2024, se remitirá a los autorizados Red un listado de los trabajadores autónomos que se ha comprobado, por parte de la Administración, que el promedio mensual de sus bases de cotización provisionales del año 2023 es superior a la base de cotización máxima del tramo de los rendimientos computables a estos efectos, según la información obtenida de las Administraciones Tributarias
No obstante, por encontrarse los citados trabajadores de alta el 31 de diciembre de 2022, podrán mantener como bases definitivas en el año 2023 aquellas por las que cotizó provisionalmente, con el límite del importe de su base de cotización de diciembre de 2022. Si se quiere mantener esa base superior, se tendrá que ejercitar la solicitud expresamente ya que de lo contrario se entenderá que se opta por la base de cotización que corresponde según el cálculo de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La información, recibida, tiene carácter provisional, siendo la definitiva la que conste en el correspondiente escrito de notificación del trámite de audiencia así como en la correspondiente resolución administrativa.
El calendario previsto para estas notificaciones es a partir del 9 de diciembre 2024.
Los trámites de audiencia solo se emitirán a las personas trabajadoras autónomas que tengan derecho a mantener como definitiva una base de cotización superior a la que determinan sus rendimientos netos.
Posteriormente, se recibirán las resoluciones sobre bases de cotización definitivas del año 2023, cuando se haya constatado por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social que el promedio mensual de las base de cotización provisionales del año 2023, se corresponden con los rendimientos computables a estos efectos, por lo que se resolverá confirmando como definitivas las bases de cotización provisionales del año 2023, por lo que no habrá diferencias que deban ingresarse o devolverse.
El calendario previsto para estas notificaciones es durante el mes de diciembre 2024.
Igualmente, se recibirán resoluciones cuando el promedio de las bases provisionales elegidas por la persona trabajadora autónoma se encuentra por debajo de su tramo de rendimientos.
En este caso, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá al cambio de las bases provisionales y ha establecido como bases definitivas el importe de la base mínima del tramo de rendimientos correspondiente, conforme a la norma.
En este caso la persona trabajadora autónoma debe ingresar las diferencias en la cotización detectadas en el cálculo de las cuotas de la Seguridad Social del año de la regularización, tras la determinación de la base definitiva de dicho año.
El plazo para ingresar las diferencias es hasta el último día del mes siguiente a la recepción de la notificación de la resolución o solicitar un aplazamiento.
El calendario previsto para estas notificaciones tendrá lugar entre marzo y abril de 2025.